No.
Las cesantías NO deben reportarse en la nómina electrónica cuando el trabajador continúa vinculado a la empresa.
¿Por qué?
La nómina electrónica únicamente reporta pagos o abonos en cuenta realizados directamente al trabajador, tales como salarios, horas extras, comisiones, deducciones y el neto a pagar.
Las cesantías no constituyen un pago mensual al empleado, sino una obligación laboral que se consigna a un fondo, por lo cual no hacen parte de la nómina electrónica.
📌 ¿La provisión de cesantías debe enviarse a la DIAN?
No.
La provisión de cesantías es un registro contable interno que refleja una obligación futura.
Este valor:
No representa un pago
No incrementa el ingreso del trabajador
No debe transmitirse en la nómina electrónica
🏦 ¿Qué ocurre en febrero con las cesantías?
En el mes de febrero, la empresa:
Cancela contablemente la provisión acumulada
Consigna las cesantías al fondo correspondiente
Este proceso se maneja exclusivamente en contabilidad, y no requiere reporte en la nómina electrónica, ya que el pago no se realiza al trabajador sino al fondo de cesantías.
💰 ¿Cuándo el gasto por cesantías es deducible fiscalmente?
Para efectos fiscales, el gasto por cesantías es deducible únicamente cuando:
Se consigna efectivamente al fondo de cesantías, o
Se pagan directamente al trabajador en caso de retiro
La provisión contable por sí sola no hace deducible el gasto.
⚠️ ¿En qué casos sí se reportan cesantías en la nómina electrónica?
Las cesantías solo se reportan en la nómina electrónica cuando:
El trabajador se retira
Las cesantías se liquidan y se pagan directamente al empleado
El valor hace parte del neto a pagar