¿Documento soporte para tipo de documento cedula?
Según lo indicado en la RESOLUCIÓN NÚMERO 000167, se establece lo siguiente:
3. Incluir los apellidos y nombres o razón social, y el Número de Identificación Tributaria – NIT del vendedor o prestador del servicio. En el caso de contratos suscritos con no residentes fiscales en Colombia no inscritos en el Registro Único Tributario – RUT, se entenderá cumplido el requisito del NIT con el documento de identificación expedido en el país de origen del no residente.
4. Incluir los apellidos y nombres o razón social, y el Número de Identificación Tributaria – NIT del adquirente de los bienes y/o servicios.”
Por tal razón solo se puede emitir documento soporte con tipo de identificación NIT
La RESOLUCIÓN NÚMERO 000488, no hace ninguna derrogación sobre el tipo de documento que se debe emitir.
POR TAL RAZÓN PARA EMITIR UN DOCUMENTO SOPORTE Y QUE ESTE SEA ACEPTADO POR LA DIAN SU TIPO DE DOCUMENTO DEBE SER NIT